Si quieres conocer de primera mano el modelo 115 de Bizkaia te lo explicamos en este artículo en detalle. Sigue leyendo y te lo dejaremos más claro por si tenías dudas

¿Qué es el modelo 115 de Bizkaia?

El modelo 115 de Bizkaia recoge las retenciones por el alquiler, es decir, si una empresa tiene un local alquilado para desarrollar su actividad, tiene que ingresar las retenciones aplicadas en la factura que emite el propietario de forma trimestral.

Se presenta en la Diputación Foral de Bizkaia, y se le conoce como el “IRPF de los alquileres”.

¿Para qué sirve el modelo 115 de Bizkaia?

En el modelo 115 de Bizkaia hay que incluir las siguientes rentas:

  • Los rendimientos procedentes de arrendamiento de inmuebles urbanos sometidos a retención o ingresos a cuenta que correspondan a perceptores que sean contribuyentes del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas. Los rendimientos procedentes del subarriendo o ingresos a cuenta que correspondan a perceptores que sean contribuyentes del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas y los rendimientos de capital mobiliario se declaran en el modelo 123.
  • También los ingresos a cuenta correspondientes a contribuyentes del Impuesto de Sociedades y los correspondientes a establecimientos permanentes del contribuyente del Impuesto de la Renta de No Residentes.

No se debe aplicar retención o ingreso a cuenta cuando:

  1. Son arrendamientos de viviendas por empresas a sus empleados.
  2. Cuando la renta satisfecha por el arrendatario a un mismo arrendador no supera 900 euros anuales.
  3. Cuando el arrendador pertenezca al IAE 861 de la Sección Primera de las Tarifas del IAE, no se aplicará IRPF.
  4. Cuando los rendimientos deriven de los contratos de arrendamiento financiero a que se refiere el apartado 1 del artículo 18 de la Norma Foral 11/2013, de 5 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades, en cuanto tenga por objeto bienes inmuebles urbanos.

Obligados a presentar el modelo 115 de Bizkaia

Las entidades y empresas que están obligados a presentar el modelo 115 de Bizkaia son aquellas que hayan satisfecho rendimientos sujetos a retención o ingresos a cuenta procedentes de arrendamientos de inmuebles.

– Las personas jurídicas y demás entidades, incluida la comunidad de propietarios y las entidades en régimen de atribución de rentas.

– Los contribuyentes del IRPF cuando ejerzan una actividad y satisfagan rendimientos en el ejercicio de su actividad.

– Las personas físicas, jurídicas u otras entidades no residentes en territorio español, que operen en él con un establecimiento permanente.

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Plazos de presentación del modelo 115 de Bizkaia

Los plazos de presentación del modelo 115 para cada uno de los trimestres de año son:

  1. Primer trimestre: del 1 al 25 de abril (ambos inclusive)
  2. Segundo trimestre: del 1 al 25 de julio (ambos inclusive)
  3. Tercer trimestre: del 1 al 25 de octubre (ambos inclusive)
  4. Cuarto trimestre: del 1 al 25 de enero (ambos inclusive)

En el caso de entidades consideradas grandes empresas según el artículo 71, apartado 3 del Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, se presentarán durante los 25 primeros días de cada mes, en relación a las cantidades retenidas que correspondan al mes inmediatamente anterior., a excepción de julio, que se podrá presentar hasta el 25 de septiembre de ese mismo ejercicio.

¿Cómo rellenar el modelo 115 de Bizkaia?

Veamos cómo se debe cumplimentar el modelo 115 de Bizkaia paso a paso:

En la página 1, habrá que rellenar el ejercicio y el periodo al que corresponde, tanto si es mensual como trimestral.

Para la autoliquidación que se presenta trimestral es:

1T: Primer trimestre2T: Segundo trimestre3T: Tercer trimestre4T: Cuarto trimestre

Para la autoliquidación que se presenta de forma mensual es:

01: enero02: febrero03: marzo04: abril
05: mayo06: junio07: julio08: agosto
09: septiembre10: octubre11: noviembre12: diciembre

En la parte de abajo hay que introducir los datos numéricos sobre este tipo de rendimientos, diferenciando entre los dinerarios y en especie.

Dentro de cada tipo de rendimientos hay que especificar el número de arrendadores, el importe del arrendamiento o la valoración de la retribución en especie y el importe de los ingresos a cuenta.

Fecha y firma. En el espacio reservado para la fecha y la firma de la autoliquidación se harán constar la fecha y la firma de la persona o entidad declarante o de la persona representante de la misma que presenta la autoliquidación.

La segunda página es el ejemplar con el que se queda la entidad colaboradora/Administración.

El modelo 115 de Bizkaia es importante con lo que presentarlo de forma correcta es clave

Alex R

Alex R

Redactor de contenidos para Ticket-bai.com. Me gusta todo lo relacionado con la fiscalidad en los negocios y más concretamente con lo que acontece dentro de Euskadi

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