En este artículo te explicamos lo que es el Modelo 110 de Gipuzkoa y quién tiene que presentarlo, cómo hacerlo de forma correcta y cuáles son los plazos.

Vamos a verlo.

¿Qué es el Modelo 110 de Gipuzkoa?

Con el Modelo 110 de Gipuzkoa, los autónomos y empresas declaran las retenciones e ingresos a cuenta de los rendimientos del trabajo, actividades económicas y premios.

Los sujetos pasivos que estén obligados a retener y superen un volumen de operación de 6.010.121,04 euros, presentar el Modelo 111.

Los plazos y las formas de presentación de los modelos 110 y 111 de Gipuzkoa se rigen en la Orden Foral 631/2014 de 1 de diciembre.

¿Para qué sirve el Modelo 110?

Este Modelo 110 Gipuzkoa lo tienen que presentar todos los sujetos pasivos que hayan satisfecho retribuciones dinerarias o en especie de los siguientes rendimientos:

  • Rendimientos del trabajo del personal
  • Rendimientos de actividades como:
  • Profesionales
  • Agrícolas y ganaderas
  • Forestales
  • En estimación objetiva
  • Procedentes de propiedad industrial, prestación de asistencia técnica, arrendamiento de bienes muebles y el subarriendo de los bienes anteriores
  • Ganancias patrimoniales provenientes de los aprovechamientos forestales de los vecinos en montes públicos
  • Premios: juegos, concursos, rifas, etc.
  • Contraprestaciones por la cesión de derechos de imagen

Estas retenciones e ingresos a cuenta se autoliquidan de forma trimestral en el Modelo 110 de Gipuzkoa, indicando el tipo de rendimiento y el porcentaje de retención aplicado en cada caso.

¿Cómo rellenar el Modelo 110?

El Modelo 110 de Gipuzkoa consta de los siguientes apartados:

En el primer apartado del Modelo 110 hay que indicar la identificación del sujeto pasivo: NIF, apellidos y nombre o razón social, dirección completa y teléfono

Según el tipo de percepciones que haya realizado el sujeto pasivo, así lo tiene que indicar en el apartado de retenciones, informando del número de perceptores, el importe y la retención practicada.

  • Rendimientos del trabajo: el importe de las retenciones será el resultado de aplicar a la cuantía íntegra el porcentaje de retención que corresponda al perceptor.
  • Rendimientos de actividades económicas: se aplica el tipo de retención que corresponda sobre los ingresos satisfechos en el trimestre que corresponda.
  • Rendimientos de actividades agrícolas, ganaderas y forestales: estos porcentajes se aplicarán sobre el importe satisfecho, a excepción de las subvenciones corrientes y de capital y las indemnizaciones.
  • Premios: se refiere al dinero en metálico obtenido por haber participado en algún concurso o rifa.

En el caso de que sean ingresos a cuenta, se refleja en este tercer apartado, indicando la información sobre cada tipo de rendimientos:

  • Rendimientos del trabajo: es el importe íntegro por las retribuciones en especie y se le aplicará la retención que corresponda según la Norma Foral del IRPF.
  • Rendimientos de actividades económicas: se le aplica la misma retención que las retribuciones en metálico y se valoran a precio de mercado.
  • Premios: el importe del ingreso a cuenta de los premios en especie será el resultado de aplicar a su valor de adquisición incrementándolo en un 20% el mismo porcentaje que para premios en metálico.

Por último, habrá que indicar en la casilla 29 el total de la cantidad a ingresar de la autoliquidación correspondiente, la fecha y firma del obligado.

Plazos para presentar el Modelo 110 Gipuzkoa

El Modelo 110 Gipuzkoa se presenta de forma trimestral durante el año fiscal:

  • Primer trimestre (enero, febrero y marzo): el periodo de presentación va desde el 1 de abril al 25 de abril
  • Segundo trimestre (abril, mayo y junio): el periodo de presentación va desde el 1 de julio al 25 de julio
  • Tercer trimestre (julio, agosto y septiembre): el periodo de presentación va desde el 1 de octubre al 25 de octubre
  • Cuarto trimestre (octubre, noviembre y diciembre): el periodo de presentación va desde el 1 de enero del siguiente año al 25 de enero

Ten en cuenta que todos los obligados tributarios que tengan que presentar el Modelo 110, también tienen que presentar el resumen anual Modelo 190, donde se indicarán los datos identificativos de cada uno de los perceptores de dichos rendimientos.

El plazo de presentación para el Modelo 190 es el mes de enero de año siguiente al de la declaración, es decir, el correspondiente al año 2020, se presentó en enero de 2021.

Formas de presentación del Modelo 110 Gipuzkoa

Hay dos formas de presentar el Modelo 110 Gipuzkoa:

  • En papel: mediante la cumplimentación del modelo 110 y su entrega en alguna entidad bancaria colaboradora.
  • Por Internet: a partir del año 2017 se presenta mediante el programa de ayuda de la Diputación Foral de Gipuzkoa. En este caso puedes optar por la domiciliación bancaria o el ingreso a cuenta.

Esperamos que con esta información tengas un poco más claro todo lo que debes conocer del Modelo 110 de Gipuzkoa. Si aún tienes dudas utiliza los comentarios y te ayudaremos.

Alex R

Alex R

Redactor de contenidos para Ticket-bai.com. Me gusta todo lo relacionado con la fiscalidad en los negocios y más concretamente con lo que acontece dentro de Euskadi

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