Si quieres conocer de primera mano el modelo 110 de Bizkaia te lo explicamos en este artículo con detalle. Sigue leyendo para descubrir todos los detalles.

¿Qué es el Modelo 110 de Bizkaia?

Con el Modelo 110 de Bizkaia, los autónomos y empresas declaran las retenciones e ingresos a cuenta de los rendimientos del trabajo, actividades económicas y premios de forma trimestral.

Diferencia entre el modelo 110 y 111 Bizkaia

Tanto el modelo 110 como el 111 Bizkaia son autoliquidaciones de retenciones y pagos a cuenta de IRPF.

La diferencia de presentar el modelo 110 o el 111 dependerá de los sujetos pasivos que estén obligados a retener y superen un volumen de operación de 6.010.121,04 euros, que presentarán modelo 111.

¿Para qué sirve el modelo 110 de Bizkaia?

Este Modelo 110 Bizkaia lo tienen que presentar todos los sujetos pasivos que hayan satisfechos retribuciones dinerarias o en especie de los siguientes rendimientos:

  • Rendimientos del trabajo del personal
  • Rendimientos de actividades como:
    • Profesionales
    • Agrícolas y ganaderas
    • Forestales
  • En estimación objetiva
  • Procedentes de propiedad industrial, prestación de asistencia técnica, arrendamiento de bienes muebles y el subarriendo de los bienes anteriores
  • Ganancias patrimoniales provenientes de los aprovechamientos forestales de los vecinos en montes públicos
  • Premios: juegos, concursos, rifas, etc.
  • Contraprestaciones por la cesión de derechos de imagen

Estas retenciones e ingresos a cuenta se autoliquidan de forma trimestral en el Modelo 110 de Bizkaia, indicando el tipo de rendimiento y el porcentaje de retención aplicado en cada caso.

Obligados a presentar el modelo 110 de Bizkaia

Tienen obligación de presentar el modelo 110 de Bizkaia aquellos sujetos pasivos obligados a retener porque pagan rendimientos del trabajo, actividades económicas o premios.

Por tanto, los obligados deberán abonar cantidades por las rentas del trabajo, por las actividades profesionales o los que tributen en estimación objetiva (módulo).

Y, por último, quienes se dediquen a actividades agrarias, ganaderas o forestales.

¿Eres autónomo o tienes una empresa en el país vasco?

Crea y emite tus presupuestos, facturas y tickets sin coste para tu negocio.
Billin TicketBAI está subvencionado al 100% por el Kit digital del Gobierno.
Nosotros te ayudamos gratis con todos los trámites.

Introduce una dirección de correo correcta Introduce una dirección de correo correcta
Introduce una contraseña No se han cumplido los requisitos de contraseña
8 o más caracteres
Al menos 1 minúscula
Al menos 1 número

*Billin es agente digitalizador del Kit digital Acelera pyme.

Plan de Recuperación, Transformación y Resilencia, España Digital 2025, y Plan de Digitalización de Pymes 2021-2025 de los fondos Next Generation de la UE.

La dirección de correo introducida ya está presente en nuestra base de datos Error de servidor, pruebe más tarde por favor

Plazo de presentación del modelo 110 de Bizkaia

El plazo de presentación del modelo 110 de Bizkaia coincide con el del modelo 111, siendo entre el día 1 y 25 de los meses de abril, julio, octubre y enero.

  • Primer trimestre (enero, febrero y marzo): el periodo de presentación va desde el 1 de abril al 25 de abril
  • Segundo trimestre (abril, mayo y junio): el periodo de presentación va desde el 1 de julio al 25 de julio
  • Tercer trimestre (julio, agosto y septiembre): el periodo de presentación va desde el 1 de octubre al 25 de octubre
  • Cuarto trimestre (octubre, noviembre y diciembre): el periodo de presentación va desde el 1 de enero del siguiente año al 25 de enero

Ten en cuenta que todos los obligados tributarios que tengan que presentar el Modelo 110, también tienen que presentar el resumen anual Modelo 190, donde se indicarán los datos identificativos de cada uno de los perceptores de dichos rendimientos.

El plazo de presentación para el Modelo 190 es el mes de enero del año siguiente al de la declaración, es decir, el correspondiente al año 2021, se presentó en enero de 2023.

En el caso de tener un volumen de facturación superior a 6.010.121,04 euros en el año inmediatamente anterior, su plazo de presentación será entre el día 1 y 25 de cada mes, con la excepción del mes de julio que se prorroga hasta el 25 de septiembre.

Instrucciones para presentar el Modelo 110

El Modelo 110 de Gipuzkoa consta de los siguientes apartados en la página 1

En esta primera parte de la página 1 hay que indicar el ejercicio y el trimestre a la que corresponde la autoliquidación 110, además de los datos del contribuyente (NIF y apellidos y nombre o razón social).

La segunda parte de la página 1 hace referencia a la liquidación, identificando los diferentes tipos de rendimientos que ha ocasionado la retención, rellenando en cada uno de ellos el número de contribuyentes, las cantidades abonadas y las retenciones.

En la última parte de esta página habrá que completar la fecha y la firma del contribuyente, además de indicar los datos referentes a la carta de pago, como son importe, entidad y fecha.

En el primer apartado del Modelo 110 hay que indicar la identificación del sujeto pasivo: NIF, apellidos y nombre o razón social, dirección completa y teléfono

La página 2 es la copia que va dirigia a la entidad bancaria y Administración.

Hay dos formas de presentar el Modelo 110 Bizkaia:

  • En papel: mediante la cumplimentación del modelo 110 y su entrega en alguna entidad bancaria colaboradora.
  • Por Internet: a partir del año 2017 se presenta mediante el programa de ayuda de la Diputación Foral de Bizkaia. En este caso puedes optar por la domiciliación bancaria o el ingreso a cuenta.

Sin embargo, el modelo 111 tiene su presentación obligatoria por BIZKAIBAI.

Alex R

Alex R

Redactor de contenidos para Ticket-bai.com. Me gusta todo lo relacionado con la fiscalidad en los negocios y más concretamente con lo que acontece dentro de Euskadi

Deje una respuesta